El Gobierno nacional aprobó a través del Boletín Oficial un aumento del 4,5% hasta diciembre de estos servicios. La resolución, lleva la firma del presidente de Enacom, Claudio Ambrosini.
El Gobierno autorizó aumentos mensuales, hasta fin de año, en televisión paga, telefonía e internet. Las licenciatarias podrán aplicar sucesivos incrementos de hasta un 4,5% desde mayo hasta diciembre de 2023.
La medida fue tomada por el Ente Nacional de Comunicaciones y publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución 557/2023. Lleva la firma del presidente de Enacom, Claudio Ambrosini.
En el texto, se reglamenta que a partir del primer día de cada mes posterior a mayo de 2023, sucesivamente y hasta diciembre de 2023 inclusive, las Licenciatarias aludidas podrán aplicar un nuevo incremento mensual sobre los mismos precios, tomando como referencia los valores actualizados al último día del mes anterior y de conformidad con los términos del párrafo precedente.
Según el Ente, se evaluó el contexto económico y las dificultades que atraviesan todos los sectores involucrados, tanto de las prestadoras como de los usuarios, por lo que hicieron lugar a los requerimientos de los nuevos aumentos.
Entre los fundamentos, figuran “los mayores costos y el impacto de las oscilaciones de las principales variables económicas en la operatoria de las Licenciatarias durante los meses transcurridos desde el inicio de la reglamentación de precios minoristas”.
Luego, remarcaron: “Cualquier incremento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado por las Licenciatarias de Servicios de TIC o DTH (TV Satelital) y que supere los valores expresamente autorizados (…) deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”.
“En aquellos casos en los que algún usuario o usuaria no abonare su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras deberán abstenerse de computar los plazos legales vigentes para proceder a la suspensión del servicio ni aplicar, con causa en dichas facturas, las demás disposiciones vigentes”, finalizaron.
Previo a esta normativa, el último aumento autorizado había sido el de la Resolución 2494/2022, en la que le daba permiso a las licenciatarias a aplicar una suba en precios minoristas de hasta 4% desde el 1º de enero de 2023, sobre el valor vigente al 31 de diciembre de 2022.
A partir del 1º de febrero, se sostuvo el 4% permitido, mientras que el 1º de marzo y el 1º de abril ese aval descendió al 3,5% cada mes.